PNL-59/2021
Número Resolución: 1(XII)/2021 (18/10/2021)

La Asamblea de Madrid insta al Gobierno de la Comunidad de Madrid a: - Aprobar de un Plan de Rescate de Ocio Nocturno con una dotación inicial de 235 millones de euros en ayudas directas, de conformidad con el acuerdo alcanzado para la aprobación de los presupuestos de la Comunidad de Madrid el 25-01-21 y que no llego a ejecutarse como consecuencia de la convocatoria de elecciones. - Los beneficiarios de este Plan de Ocio Nocturno Madrileño serán: a) los café-espectáculo, las salas de fiesta con espectáculo, y los restaurantes espectáculo como los tablaos flamencos, las discotecas, las salas de baile, y asimilables cuya denominación consta en la Orden 42/2017, de 10 de enero, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno. b) También serían beneficiarios los catalogados como bares especiales con y sin actuaciones musicales en directo, atendiendo a la definición de ocio nocturno en lo relativo a las restricciones y a la suspensión de actividad establecidas por la Consejería de Sanidad. - El importe de las ayudas seria proporcional al número de trabajadores el 01-01-20. - No se requerirá a los beneficiarios documentación que obre en poder de la Administración, y cuestiones conexas.

Estado: TRAMITADA - APROBADA
Documento de apertura: 02/09/2021
Procedimiento: Por vía art. 205 R.A.
Órgano: Comisión de Turismo y Deporte
Autores Grupo Parlamentario VOX
Destinatario Mesa de la Asamblea
  • 02/09/2021
  • 06/09/2021
  • 18/10/2021
  • 18/10/2021
    • Sesión de la Comisión de Turismo y Deporte
    • La Comisión de Turismo y Deporte, en sesión ordinaria celebrada el día 18 de octubre de 2021, previo debate y votación de la Proposición No de Ley PNL-59(XII)/2021 RGEP.11739, del Grupo Parlamentario Vox en Madrid, adoptó la siguiente: RESOLUCIÓN La Asamblea de Madrid insta al Gobierno de la Comunidad de Madrid a: ­ Aprobar un Plan de Rescate de Ocio Nocturno con una dotación inicial de 235 millones de euros en ayudas directas, de conformidad con el acuerdo alcanzado para la aprobación de los presupuestos de la Comunidad de Madrid el 25 de enero de 2021 y que no llego a ejecutarse como consecuencia de la convocatoria de elecciones. ­ Los beneficiarios de este Plan de Ocio Nocturno Madrileño serán: a) Los café-espectáculo, las salas de fiesta con espectáculo, y los restaurantes espectáculo como los tablaos flamencos, las discotecas, las salas de baile, y asimilables cuya denominación consta en la Orden 42/2017, de 10 de enero, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno. b) También serían beneficiarios los catalogados como bares especiales con y sin actuaciones musicales en directo, atendiendo a la definición de ocio nocturno en lo relativo a las restricciones y a la suspensión de actividad establecidas por la Consejería de Sanidad. ­ El importe de las ayudas seria proporcional al número de trabajadores el 1 de enero de 2020 o, si fuera superior, en la fecha de suspensión de la actividad el 13 de marzo de 2020. Se abonará una cantidad fija equivalente a multiplicar el número de trabajadores por 20.000 €, con un mínimo de 150.000 € y un máximo de 400.000 €. Alternativamente, podrá optarse por un criterio de otorgamiento proporcional al número de metros cuadrados que el establecimiento tuviera en su licencia de funcionamiento. ­ No se requerirá a los beneficiarios documentación que obre en poder de la Administración, acreditándose los extremos precisos mediante la declaración responsable, comprobándose con carácter ulterior el otorgamiento de la ayuda.
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